PROGRAMA "TERRITORIO SALAMANCA EMPRENDE"
Línea 2.- Premio IMPULSA SALAMANCA
1.-Presentación
La Fundación Salamanca Progreso lanza esta segunda línea de apoyo dirigida a fortalecer empresas innovadoras de reciente creación. Esta convocatoria pretende fomentar su consolidación, impulso económico y vinculación con el ecosistema universitario y productivo de la provincia.
2.-Objeto de la convocatoria
El objetivo de esta línea es apoyar económicamente a empresas legalmente constituidas en los quince meses anteriores al cierre de la presente convocatoria en la provincia de Salamanca, que se distingan por su vocación innovadora, interacción con el entorno local y capacidad para generar empleo.
3.-Presupuesto y Premios
Esta convocatoria cuenta con una dotación mínima de 22.500 euros, destinada a reconocer a empresas seleccionadas mediante la concesión de premios institucionales de carácter económico.
Se otorgará un premio a los proyectos seleccionados, cada uno con una cuantía individual de un máximo de 4.500 €, en función de la calidad técnica de las solicitudes recibidas y de la disponibilidad presupuestaria.
La Fundación podrá determinar el número de premios o ajustar las cuantías, siempre dentro del límite presupuestario y los límites establecidos anteriormente, atendiendo a los resultados del proceso de evaluación y a la resolución de la concesión correspondiente.
4.-Destinatarios
Podrán participar empresas con domicilio fiscal y actividad en la provincia de Salamanca, constituidas en los quince meses anteriores a la fecha de cierre de esta convocatoria. Las entidades deben demostrar una orientación innovadora y un plan de negocio estructurado.
5.-Criterios de valoración
La evaluación de las candidaturas tendrá en cuenta los siguientes aspectos:
- Nivel de innovación del producto, servicio o modelo de negocio Interacción con el entorno universitario y el tejido empresarial de Salamanca.
- Calidad y coherencia del plan de negocio presentado.
- Nivel de contratación realizado por la empresa desde su constitución
6.- Plazos de la convocatoria
- Apertura del plazo de solicitudes: 2 de octubre de 2025
- Cierre del plazo de presentación: 15 de octubre de 2025 (23:59 horas)
- Resolución de premios: 30 de octubre de 2025
- Ejecución de la actividad y uso de la ayuda: hasta el 30 de abril de 2026
- Justificación de gastos: hasta el 31 de mayo de 2026
7.- Presentación de solicitudes
Las solicitudes deberán ser tramitadas a través del correo electrónico de la Fundación Salamanca Progreso (inscripciones@fsprogreso.com). Se deberá incluir la siguiente documentación (en un documento ZIP, con un tamaño inferior a 4Mb, en le asunto deberá incluirse Convocatoria Linea 2 + Nombre y apellidos solicitante):
- Formulario oficial de solicitud.
- Copia del CIF y escritura de constitución.
- Resumen ejecutivo del plan de negocio (máximo 10 páginas).
- Justificación de contrataciones realizadas desde su constitución hasta la fecha de solicitud.
- Declaración responsable de cumplimiento de requisitos.
- Certificado de cuenta bancaria.
Los solicitantes deberán recibir un email de confirmación de la recepción de la solicitud en un plazo máximo de 48 horas hábiles desde el momento del envío, para que la solicitud quede formalizada y registrada.
8.- Comisión de evaluación
La comisión evaluadora estará presidida por el Vicerrectorado de Transferencia, Innovación y Emprendimiento de la Universidad de Salamanca. Estará integrada, además, por un vocal designado por el Excmo. Ayuntamiento de Salamanca, otro por la Excma. Diputación provincial de Salamanca, otro por la Cámara de Comercio de Salamanca y otro por CEOE CEPYME empresas de Salamanca.
9.- Obligaciones de los beneficiarios
Las empresas seleccionadas deberán:
- Aplicar los fondos a las actividades contempladas en la solicitud
- Participar en una jornada pública de presentación de resultados organizada por la Fundación o sus entidades colaboradoras
- Justificar documentalmente el uso de los fondos recibidos en el plazo y formato establecido en la convocatoria.
- Mantener la actividad empresarial activa durante al menos seis meses posteriores a la fecha de notificación de la concesión del premio.
10.- Justificación, verificación y reintegro
Las empresas beneficiarias deberán presentar una memoria justificativa antes del 31 de diciembre de 2025, que incluya:
- Breve descripción de las actividades realizadas con el premio.
- Documentación básica que acredite el uso de los fondos (facturas, recibos, contratos, etc.).
- Declaración responsable sobre el mantenimiento de la actividad empresarial durante al menos seis meses desde la concesión.
La Fundación podrá revisar la documentación presentada y, en caso de no justificación, uso indebido de los fondos o incumplimiento de las obligaciones establecidas, podrá requerir la devolución total o parcial del importe concedido, mediante resolución motivada.
Se permitirá introducir ajustes no sustanciales al proyecto inicialmente presentado, siempre que sean justificados y cuenten con aprobación previa del comité de evaluación.
11.-Régimen jurídico aplicable
La presente convocatoria tiene por objeto la concesión de una dotación económica otorgada por FUNDACIÓN SALAMANCA PROGRESO en el marco de sus fines fundacionales y conforme a su autonomía organizativa y normativa.
Esta dotación no constituye una subvención pública en los términos establecidos por la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, ni está sujeta al régimen jurídico previsto en dicha ley ni en su reglamento de desarrollo (Real Decreto 887/2006, de 21 de julio).
La dotación económica regulada en esta convocatoria se rige exclusivamente por las bases reguladoras aquí establecidas, aprobadas por FUNDACIÓN SALAMANCA PROGRESO y por la normativa interna de la entidad. Cualquier aspecto no previsto en estas bases será resuelto por la Comisión de evaluación, conforme a criterios de equidad, transparencia y adecuación a los fines fundacionales.
12.- Resolución de conflictos
En caso de que surjan conflictos o discrepancias durante el proceso de asignación, la Comisión de Evaluación elevará consulta al Patronato de la FUNDACIÓN SALAMANCA PROGRESO, que resolverá el conflicto. La decisión adoptada por el Patronato será definitiva e inapelable.