PROGRAMA "TERRITORIO SALAMANCA EMPRENDE"
Línea 1.- Premio RAÍZ SALAMANCA
1.-Presentación
La Fundación Salamanca Progreso, lanza esta convocatoria dirigida a promover la creación de empresas innovadoras en la provincia de Salamanca. La iniciativa se enmarca en una estrategia de impulso al emprendimiento local, dotando de apoyo económico a proyectos viables, originales y con potencial de impacto.
2.-Objeto de la convocatoria
El objetivo principal es impulsar al menos cinco proyectos de emprendimiento innovador mediante la concesión de ayudas económicas directas. Esta línea busca facilitar el inicio de la actividad empresarial de proyectos emergentes en fases tempranas, que cuenten con la tutela o validación de entidades del ecosistema emprendedor.
3.-Presupuesto y reparto
El presupuesto total asignado a esta línea es de 22.500 €, que se repartirán entre los proyectos seleccionados , cada uno de los cuales recibirá una financiación máxima de 4.500 €, en función de la valoración obtenida.
4.-Destinatarios
Podrán participar en la convocatoria personas físicas mayores de edad, empadronadas en la provincia de Salamanca, que estén desarrollando proyectos de empresa innovadora, ya sea en producto, servicio, modelo de negocio o tecnología. Para ser admitidos, los proyectos deberán cumplir los siguientes requisitos:
- Presentar evidencia de estar en fase de evaluación, monitorización o validación por parte de una entidad reconocida en el ámbito del emprendimiento.
- No haber constituido aún la empresa.
- Asumir el compromiso de iniciar la actividad empresarial en un plazo máximo de seis meses desde la concesión de la ayuda (lo cual implica la constitución de una empresa o el alta como autónomo, si no se ha hecho antes).
5.- Gastos
La ayuda podrá emplearse exclusivamente en los siguientes conceptos:
- Alta empresa o autónomo y cuotas.
- Alquiler de espacios físicos necesarios para el desarrollo de la actividad.
- Contratación de personal, ya sea empleados o becarios.
- Adquisición de equipamiento técnico, con un límite máximo del veinte % del importe recibido, equivalente a novecientos euros.
- Compra de consumibles y materiales necesarios para la ejecución del proyecto.
Servicios de promoción y marketing asociados a la actividad emprendedora.
Todos los gastos deberán ser justificados mediante facturas y documentación oficial, en los plazos establecidos por la convocatoria.
El uso para otros fines, requiere autorización expresa previa de la Fundación Salamanca Progreso.
6.- Plazos de la convocatoria
- Apertura del plazo de solicitudes: 2 de octubre de 2025
- Cierre del plazo de presentación: 15 de octubre de 2025 (23:59 horas)
- Resolución de premios: 30 de octubre de 2025
- Ejecución de la actividad y uso de la ayuda: hasta el 30 de abril de 2026
- Justificación de gastos: hasta el 31 de mayo de 2026
7.- Presentación de solicitudes
Las solicitudes deberán ser tramitadas a través del correo electrónico de la Fundación Salamanca Progreso (inscripciones@fsprogreso.com). Se deberá incluir la siguiente documentación (en un documento ZIP, con un tamaño inferior a 4Mb, en el asunto deberá incluirse Convocatoria Línea 1 + Nombre y apellidos solicitante):
- Formulario oficial de inscripción debidamente cumplimentado
- Documento de identidad (DNI o NIE)
- Certificado de empadronamiento en la provincia de Salamanca
- Memoria del proyecto con una extensión máxima de diez páginas
- Carta de aval o certificación emitida por una entidad reconocida del ecosistema de emprendimiento de Salamanca
- Declaración responsable de no haber recibido ayudas incompatibles con esta convocatoria
Los solicitantes deberán recibir un email de confirmación de la recepción de la solicitud en un plazo máximo de 48 horas hábiles desde el momento del envío, para que la solicitud quede formalizada y registrada.
8.-Criterios de evaluación
La evaluación se realizará conforme a los siguientes criterios y pesos:
- Grado de innovación y originalidad del proyecto: 30 %
- Viabilidad técnica y económica: 25 %
- Impacto en el entorno local y capacidad de generación de empleo: 20 %
- Vínculo del proyecto con las Universidades o Centros de Investigación de Salamanca: 15 %
- Madurez del proyecto y experiencia del equipo promotor: 10 %
9.- Comisión de evaluación
La comisión evaluadora estará presidida por el Vicerrectorado de Transferencia, Innovación y Emprendimiento de la Universidad de Salamanca. Estará integrada, además, por un vocal designado por el Excmo. Ayuntamiento de Salamanca, otro por la Excma. Diputación provincial de Salamanca, otro por la Cámara de Comercio de Salamanca y otro por CEOE CEPYME empresas de Salamanca. Esta comisión podrá solicitar asistencia a cuantos expertos externos estime oportuno.
10.- Obligaciones de los beneficiarios
Los proyectos seleccionados deberán:
- Constituir una empresa o darse de alta como autónomo en la provincia de Salamanca antes del 30 de abril de 2026
- Ejecutar la actividad empresarial dentro del plazo previsto y siempre antes del antes del 30 de abril de 2026
- Aplicar la ayuda exclusivamente a los fines descritos en esta convocatoria
- Justificar adecuadamente los gastos realizados mediante la documentación pertinente
- Participar en al menos una jornada pública de presentación de resultados organizada por la Fundación Salamanca Progreso.
11.- Justificación, modificaciones y consecuencias del incumplimiento.
Los beneficiarios deberán justificar el cumplimiento de sus obligaciones mediante la presentación, en los plazos establecidos, de la siguiente documentación:
- Documentación acreditativa de la constitución de la empresa o alta como autónomo en la provincia de Salamanca.
- Memoria de ejecución de la actividad empresarial, detallando las acciones realizadas y los resultados obtenidos.
- Relación de gastos realizados, acompañada de las facturas y justificantes oficiales correspondientes, que acrediten la aplicación de la ayuda a los fines descritos en la convocatoria.
- Participación en la jornada pública de presentación de resultados organizada por la Fundación Salamanca Progreso.
Toda la documentación justificativa deberá enviarse por correo electrónico a la dirección secretaria@fsprogreso.com antes del 31 de mayo de 2026, conforme a lo establecido en las bases de la convocatoria.
No se admitirán modificaciones sustanciales en el proyecto inicialmente presentado sin la autorización previa y expresa del Comité de Evaluación.
Se considerará modificación sustancial respecto de la solicitud cualquier cambio que pueda afectar a los criterios de evaluación previstos.
El incumplimiento total o parcial de las obligaciones establecidas, la falta de justificación en plazo, la aplicación inadecuada de los fondos, la realización de modificaciones sustanciales no autorizadas, o la presentación de documentación falsa o incompleta, podrá conllevar la revocación de la dotación económica concedida y la obligación de reintegrar las cantidades percibidas, sin perjuicio de otras acciones que la Fundación Salamanca Progreso estime oportunas para salvaguardar la integridad y finalidad de la convocatoria.
12.- Régimen jurídico aplicable
La presente convocatoria tiene por objeto la concesión de una dotación económica otorgada por FUNDACIÓN SALAMANCA PROGRESO en el marco de sus fines fundacionales y conforme a su autonomía organizativa y normativa.
Esta dotación no constituye una subvención pública en los términos establecidos por la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, ni está sujeta al régimen jurídico previsto en dicha ley ni en su reglamento de desarrollo (Real Decreto 887/2006, de 21 de julio).
La dotación económica regulada en esta convocatoria se rige exclusivamente por las bases reguladoras aquí establecidas, aprobadas por FUNDACIÓN SALAMANCA PROGRESO y por la normativa interna de la entidad. Cualquier aspecto no previsto en estas bases será resuelto por la Comisión de evaluación, conforme a criterios de equidad, transparencia y adecuación a los fines fundacionales.
13.- Resolución de conflictos
En caso de que surjan conflictos o discrepancias durante el proceso de asignación, la Comisión de Evaluación elevará consulta al Patronato de la FUNDACIÓN SALAMANCA PROGRESO, que resolverá el conflicto. La decisión adoptada por el Patronato será definitiva e inapelable.